¿Es recomendable un informe psicológico para presentar en una separación?
Queremos hacer un informe psicológico, ya que pretenden quitarnos la custodia compartida y no sabemos las razones para presentarla en el juzgado. ¿Qué nos recomiendan?
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Nosotros lo hacemos a través de la psicóloga forense cuando se nos solicitan este tipo de situaciones. Es lo mejor.
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Cuando uno se encuentra ante un proceso de divorcio contencioso, es decir, en el que no hay acuerdo entre las partes; y está implicada la decisión del régimen de guardia y custodia de menores, lo mejor es contar con un informe pericial psicológico, llevado a cabo por un experto en psicología forense.
El informe se compone de una evaluación de la unidad familiar, y emite una recomendación para el juez, indicando el régimen que es mejor para el menor. Si bien es cierto que no es un requisito imprescindible, es muy recomendable, ya que ayudará al juez a tomar una decisión con conocimiento de causa.
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Un informe psicológico forense tiene como objeto evaluar la capacidad de los progenitores para ejercer las labores de guarda y custodia de un menor.
El procedimiento se lleva a cabo por un psicólogo/a con formación específica jurídico-forense, que debe explicar que el objetivo de un informe pericial es que prevalezca el interés superior del menor/es. Es una evaluación exhaustiva, objetiva, cuyo fin es la elaboración de un informe donde se recoja la valoración y conclusiones pertinentes en base a los datos obtenidos y analizados.
Es un procedimiento largo que implica la realización de entrevistas con los progenitores y el o los menores, y otros familiares (abuelos/as, tíos/as) que participan en el cuidado y atención del menor/as, aplicación de diferentes pruebas cuyos objetivos son:
- Determinar que no existe ni simulación ni disimulación porque estamos en un proceso judicial.
- Determinar que no existe déficit cognitivo (retraso mental) que incapacite a uno u ambos progenitores para ejercer las labores de guarda y custodia
- Determinar que no existe patología mental grave que incapacite a uno u ambos progenitores para ejercer las labores de guarda y custodia
- Evaluar el vinculo afectivo (apego) e interacción del menor/es con cada progenitor
- Evaluar el grado de adaptación del menor: escolar, familiar y escolar
- Evaluar el domicilio o domicilios donde permanace el menor.
- Revisión de toda la documentación que se aporte en el procedemiento.
Por ello, os aconsejo que acudáis a un psicólogo/a Jurídico-Forense para que os asesore y realice el informe forense si lo consideráis pertinente, es una prueba que se adjunta a vuestro alegato.
Espero que os sirva de ayuda.
Loreto Puente,
Psicóloga y Périto Forense
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Se debería proceder a realizar una valoración psicosocial integral de cada componente de la familia.
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Podéis pedir un informe psicológico particular a un psicólogo forense para aclarar la situación de los menores y lo que es mejor para ellos.
Este psicólogo debería ver a todas las partes implicadas; padres, hijos y, si es necesario, otros familiares o personas cercanas a los menores.
Has de tener en cuenta que, aunque sea un informe pedido por una de las partes, el psicólogo es independiente y el resultado del informe puede ser a favor o en contra de vuestra demanda porque lo que se valora es lo mejor para los menores.
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Hola Teresa,
Los informes psicológicos son recomendables en casos de separación ya que permiten al juez y abogados a comprender el ajuste emocional, social, personal y familiar tanto de los menores implicados como de los progenitores. De esta manera, no se limitan únicamente a dictar una sentencia, sino que escuchan las ventajas y desventajas a nivel psicológico que pueden tener las distintas opciones de separación.
Si tienes cualquier otra consulta al respecto de los informes psicológicos, no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través de mundopsicologos.com
Un saludo.
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